Buenas Prácticas en el Uso del Agua







El catálogo de buenas prácticas en el uso eficiente del agua en la ciudad se puede consultar en la web de la Fundación Ecología y Desarrollo (http://www.ecodes.org) y en la web Agua-Dulce (http://www.agua-dulce.org).

El AGUA es patrimonio de todos los ciudadanos y debe contribuir al desarrollo sostenible de todos y cada uno de los territorios.
En la siguiente dirección encontrareis mucha información acerca de el Ciclo Hidrológico y las Aguas Subterráneas.


El ciclo del agua, base para conocer su gestión:








BUENAS PRÁCTICAS AGRARIAS Y CONSERVACIÓN DEL
MEDIO AMBIENTE
¿Qué son las Buenas Prácticas Agrarias?
- Se consideran Buenas Prácticas Agrarias (BPA) habituales, aquellas técnicas y pautas generales que debe aplicar un agricultor responsable en su explotación, para una mejor orientación en el desarrollo de sus trabajos agrarios, de modo que, garantice el respeto, protección y mejora del medio ambiente.
¿Por qué hay que cumplir estas Buenas Prácticas Agrarias?
- Para conservar y mejorar nuestro hábitat. La educación ambiental debe estar presente tanto en los individuos como en las comunidades, para adquirir conciencia de nuestro medio y aprender los conocimientos, los valores, las destrezas, la experiencia y también la determinación que les capacite para actuar, individual y colectivamente, en la resolución de los problemas ambientales presentes y futuros.
¿El cumplimiento de estas Buenas Prácticas Agrarias tiene algún incentivo económico?
- El cumplimiento de las BPA habituales es una condición obligatoria para la concesión de determinado tipo de ayudas, entre las que se encuentran: La política Agraria Común (PAC), las indemnizaciones compensatorias en zonas desfavorecidas (con riesgo de despoblamiento, y zonas de montaña), y las ayudas o medidas agroambientales (métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente). Objetivos comunitarios dispuestos en el Reglamento (CE) 1257/99 y desarrollados en el RD 3482/2000 y RD 4/2001.
¿Cuáles son los objetivos y las recomendaciones de las Buenas Prácticas Agrarias?
- 1. Conservación del suelo.
El suelo, representa el almacén de nutrientes y agua permitiendo ciertos niveles de profundidad en las labores. Hay que impedir la erosión y mejorar la capacidad de retención. RECOMENDAMOS:
  • Evitar realizar labores (momento, tipo de apero, profundidad, etc...) que vayan en detrimento de la producción esperada.
  • Se procurará no realizar el laboreo convencional en la misma dirección que la máxima pendiente (facilita la erosión). Se deben realizar labores siguiendo las curvas del nivel.
  • Se consideran como buena práctica todo tipo de alternativas de cultivo (cambios de cultivo) conforme a criterios de conservación de recursos (agua, fertilizantes, energía, etc...) y protección del medioambiente.
- 2. Utilización óptima de la energía.
Dimensionar adecuadamente el parque de maquinaria de la explotación. Los excesos de potencia o el mal funcionamiento de los equipos, son inconvenientes de carácter económico y pueden suponer un impacto negativo para el medio mabiente. RECOMENDAMOS:
  • Pasar las inspecciones obligatorias a la maquinaria agrícola en las ITV agrícolas
-La maquinaria con excesivas horas de funcionamiento, suelen tener poca eficiencia energética, repercutiendo negativamente en el beneficio de la explotación.
-Un mal mantenimiento de equipos de tratamientos fitosanitarios supone un impacto negativo para el medio ambiente.
- 3. Utilización eficiente del agua.
El agua es el factor más influyente en el proceso de producción agraria y al mismo tiempo el más preciado, por ello, es necesaria una utilización eficiente del mismo. RECOMENDAMOS:
  • Cumplir la normativa vigente sobre concesión de aguas, limitaciones de uso de la Confederación Hidrográfica.
-La utilización de contadores son un instrumento fundamental para el uso eficiente de agua.
  • Realizar un mantenimiento de las instalaciones para evitar pérdidas de agua.
-Hay que procurar la reparación de tuberías y acequias, sustitución de piezas defectuosas, ... para evitar el despilfarro de agua.
-Un inadecuado mantenimiento de las instalaciones conlleva una deficiente distribución del agua.
- 4. Conservación de la biodiversidad.
La biodiversidad es un patrimonio que también debemos considerar como local y que representa el equilibrio entre los seres vivos. RECOMENDAMOS:
  • Cumplir la normativa vigente sobre producción, comercialización y utilización de semillas y plantas de vivero.
  • Conservación de los nidos de especies protegidas, evitando daños en las tareas de recolección.
  • Generalmente, no se debe quemar rastrojos o restos de cosecha, salvo autorización expresa por motivos sanitarios.
  • Aislar, mediante franjas labradas (>3 metros de ancho), las zonas de riesgo de incendio, como: los que limiten con caminos muy transitados, líneas férreas, lugares habitados, etc. o bien existan restos de cosecha muy combustibles o espacios de alto valor paisajístico.
- 5. Utilización racional de fertilizantes.
El uso de fertilizantes en las explotaciones agrarias debe resultar totalmente racional, particularmente en el caso de condiciones agroambientales con recursos limitados. En los sistemas de regadío pueden presentarse problemas de contaminación por el uso excesivo de fertilizantes nitrogenados. RECOMENDAMOS:
  • Cumplir la directiva de Zonas Vulnerables a la Contaminación por Nitratos (Orden de 15 de junio de 2001), y la normativa de uso de purines y estiércoles (riesgos en el manejo y almacenamiento por propagación y vértido de éstos).
  • Planificar con sentido agronómico, el programa de fertilizaciones.
  • En las explotaciones de las zonas de regadío o granjas intensivas, hay que evitar las filtraciones al terreno, procedente de fertilizantes nitrogenados, estiércoles o purines.
-Los estercoleros deben ser estancos, con soleras aislantes, y de dimensiones adecuadas para evitar infiltraciones al terreno.
  • No aplicar estiércoles y purines sobre terrenos encharcados o con nieve.
- 6. Utilización racional de fitosanitarios.
En determinadas circunstancias resulta obligado el uso de productos fitosanitarios para combatir o prevenir los efectos de agentes nocivos. En tal caso, el objetivo general es, por una parte; garantizar su propia salud y la de los demás, y por otra; evitar la repercusión medioambiental y sanitaria de los productos de consumo, hemos de ir a una utilización racional de los mismos. RECOMENDAMOS:
  • Utilizar productos autorizados en cada tratamiento y cultivo.
  • Cumplir las normas de manejo y aplicación (posesión del carnet de manipulador).
  • Respetar las indicaciones de los fabricantes (especialmente en los plazos de seguridad).
  • Cumplir las normas de gestión de envases (no quemar ni enterrar, entregar a la autoridad competente según Directiva).
  • Planificar el programa de tratamientos en función de la afección del patógeno, objetivos y eficiencia de los mismos. No planificar programa de tratamientos de un año para otro.
-La aplicación de fitosanitarios exige unos equipos de protección individual y el cumplimiento de unas normas fundamentales de protección a la salud e higiene personal, así como un respeto al medio ambiente.
- 7. Reducción de la contaminación de origen agrario.
En el marco de un manejo racional de la actividad agraria, resulta obligado planificar la adecuada eliminación de residuos y restos que generen contaminación en el medio. RECOMENDAMOS:
  • Manejo de los restos de poda: Las partes verdes, para el consumo del ganado o incorporación al suelo. Los diámetros adecuados, para obtención de leña. El resto, apilado y quema controlada.
  • Retirar de la parcela y depositar en lugares apropiados los derivados de plásticos y otros residuos.
  • No abandonar los cultivos una vez agotada su vida útil económica, y en cualquier caso mantener libre de plagas y enfermedades susceptibles de transmitirse a otros lugares o explotaciones.
- 8. Sanidad animal.
Es necesario desarrollar las actividades ganaderas, con criterios de seguridad agroalimentaria y para ello hemos de seguir la normativa vigente. RECOMENDAMOS:
  • Llevar un programa sanitario preventivo (marcado por un técnico) especialmente para el control de parásitos y las enfermedades de declaración obligatoria.
  • Cumplir lo establecido en materia de Campañas Oficiales de Saneamiento Ganadero de carácter obligatorio.
  • Cumplir la normativa vigente en materia de uso de alimentos prohibidos y de anabolizantes.
- 9. Carga ganadera.
La carga ganadera ha de estar definida en cada explotación, en función, de las posibilidades agroclimáticas de la zona. RECOMENDAMOS:
  • La carga ganadera de las superficies forrajeras debe ser inferior a:
Comarca con pluviometría (mm/año)        <= 400    400-600     600-800    >800
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Unidad Ganadera Mayor (UGM)/ ha año      0,5         1,0            1,5           2,0

- 10. Normas Mínimas Medioambientales y relacionadas con las Buenas Prácticas Agrarias.
Además de aplicar las buenas prácticas agrícolas habituales expuestas, se deberá respetar la legislación medioambiental al respecto, contenida en la siguiente normativa:
•     Conservación de espacios y hábitats naturales y de la flora y la fauna silvestres. Directivas, 79/409 CEE y 92/43 CD Ley nacional 41/1.989 modificada por las leyes 40/1.997 y 41/1.997, R.D. 1.997/1.995, Ley autonómica 9/1.999.
•    Evaluación de Impacto ambiental. Directivas 85/337/CEE y 97/11/CE, R.D.L. 1302/86 y R.D. 1131/98. Ley autonómica 5/99 de 08/04/99 (D.O.C.M. Nº26 de 30/04/99). Decreto 118/2000 de 20/06/00 (D.O.C.M. Nº68 de 14/07/00).
•    Contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias. Directiva 91/676/CE. R.D. 261/96 y Orden de 15/06/01 (D.O.C.M. Nº73 de 26/06/01).
•    Residuos y envases. Directivas 75/442/CEE, 91/156/CEE, 94/62/CEE. Ley 10/98 y Ley 11/97. Decreto 70/99 de Plan de Gestión de residuos (D.O.C.M. Nº37 de 05/06/99).
•     Residuos peligrosos. Directiva 91/689/CEE, Ley 10/98 y Decrero 158/2001 de Plan Regional de residuos peligrosos (D.O.C.M. Nº81 de 19/07/01).
•    Vías pecuarias. Ley 3/95 nacional y Decreto 162/95 de 24/10/95 (D.O.C.M. de 27/10/95).
•    Aguas. Ley 29/85, R.D. 849/1986, R.D. 927/1988, R.D. 849/1986, R.D.L. 1/2001.
•    Caza. Ley 2/1993 de 15 de julio de Castilla-La Mancha Decreto 141/1996 de 9 de diciembre que aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley.
•    Higiene y bienestar de los animales. Directiva 98/58/CEE, R.D. 348/2000, R.D. 1047/94, R.D. 1048/94.

¿Dónde se puede obtener más información sobre las Buenas Prácticas Agrarias ?
Para una mayor y más detallada información sobre las técnicas consideradas como Buenas Prácticas Agrarias y la legislación relacionada, puedes dirigirte a las Delegaciones Provinciales y Oficinas Comarcales de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. 


 

  CONTAMINACIÓN POR NITRATOS DE LAS AGUAS SUBTERRANEAS

La calidad de las aguas subterráneas es objeto de atención preferente por parte de las autoridades ambientales de la Unión Europea (UE), en la medida en que constituye un factor esencial para el aprovechamiento de este recurso renovable de importancia estratégica. La Directiva Marco del agua (DMA) y la Directiva sobre la protección de las aguas subterráneas, canalizan este interés, básicamente, a través de estrategias de prevención y control de la contaminación, dirigidas a garantizar el buen estado químico de estas aguas.
Entre los problemas de contaminación, que deterioran la calidad natural de los recursos hídricos, cabe señalar, el que plantean los nitratos; así, la presencia de concentraciones elevadas de este compuesto en las aguas subterráneas, constituye actualmente, tanto en España como en la mayoría de los países desarrollados, una de las mayores amenazas para la calidad del agua de los acuíferos.
La Directiva sobre nitratos, de la UE, trata de reducir la contaminación relacionada con la agricultura.
Entre tanto, las inversiones realizadas por el sector del agua garantizan el mantenimiento de la calidad del agua potable. Sin embargo, los fertilizantes orgánicos y minerales y los plaguicidas utilizados siguen incorporándose a las aguas subterráneas Aunque se prevé que el empleo de dichos productos químicos disminuirá en los quince antiguos Estados miembros, y según las previsiones el uso de fertilizantes minerales se estima que aumente, a medida que se intensifique la agricultura en los diez nuevos Estados miembros.(fte. Los Nitratos y las Aguas Subterraneas en España. Loreto Fernández Ruiz)

Castilla- La Mancha se encuentra afectada por la contaminación de nitratos, donde quedan declaradas las zonas vulnerables por contaminación de nitratos, 

Zonas vulnerables a la contaminación de Nitratos en Castilla-La Mancha según la Orden 21-05-2009 de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.(fte. Elaboración propia)

Dentro del Campo de Montiel en la provincia de Albacete y los municipios pertenecientes a SACAM, se encuentran en zonas vulnerables a la contaminación de nitratos los siguientes municipios; Alcaraz, El Ballestero, El Bonillo, Munera, Ossa de Montiel, Povedilla y Viveros.
Por ello hay que considerar a la hora de llevar a cabo tareas en las que se pueda ver afectado este recurso, la normativa vigente, con la necesidad de cumplir el Programa de Actuación aplicable a las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario (Orden 10-01-2007 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural) el cual establece la dosis máxima de nitrógeno y la recomendación de los aportes a lo largo del ciclo del cultivo, así como el seguimiento del código de buenas prácticas (BPA)(RD4/2001)

Para obtener más información, consultar el SERVICIO INTEGRAL DE ASESORAMIENTO AL REGANTE (SIAR)





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